La Secretaría de Pequeñas y Medianas Empresas del Ministerio de Desarrollo Productivo actualizó los valores de las ventas totales para que una empresa sea considerada MiPyME.
Dicha disposición también actualiza el monto mínimo a partir del cual las empresas deben emitir obligatoriamente una factura de crédito electrónica a $ 546.737.
Este nuevo monto, entrará en vigencia para todos los comprobantes que se emitan con fecha 13/04/2023 en adelante.
Adicionalmente, las empresas receptoras de la FCEM tienen un plazo excepcional de 21 días corridos (hasta el 31 de mayo de 2023 conforme Resolución N° 49/2023 para cancelar, rechazar (sólo por las causales de rechazo previstas en el artículo 8° de la Ley N° 27.440) o aceptar la factura en forma expresa.