Segun lo informado por ARBA a partir del mes de Marzo se modifican los montos minimos objeto de retenciones y percepciones del impuesto de IIBB de la provincia de Buenos Aires.
A los efectos de practicar la retención, el importe determinado deberá ser igual o superior al monto de $ 2.000. Con anterioridad $ 400.
A los efectos de practicar la percepción el importe establecido deberá ser igual o superior a la suma de $ 200. Con anterioridad $ 50.