SICOI – Actualizacion minimos no imponibles IIBB-AGIP

Según lo informado por AGIP a partir del 1° de Enero de 2020 se modifican el monto mínimos objeto de retenciones y percepciones del impuesto de IIBB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A los efectos de practicar la retención, el importe determinado deberá ser igual o superior al monto de $ 3.000.

A los efectos de practicar la percepción el importe establecido deberá ser igual o superior a la suma de $ 500.

Extracto de novedades resolucion AGIP 269/AGIP/2019

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *